El 21 de marzo se celebran elecciones a Claustro Universitario y Rector en la ULPGC

20 Mar 2007

El miércoles día 21 de marzo, se celebrará la votación y escrutinio para elegir Rector y Claustro Universitario en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Las mesas electorales estarán abiertas de 10 a 17 horas, debiendo acreditarse cada uno de los miembros de la comunidad universitaria por medio del DNI, pasaporte, carné de conducir o del carné de la ULPGC (Artículo 3 del Reglamento Electoral).

La Junta Electoral Central hizo pública una circular al inicio del periodo electoral que puede ser consultada en la web institucional y en la que, entre otros aspectos, se recoge lo siguiente:

¿QUÉ ELECCIONES SE CELEBRAN EN LA ULPGC?

El Claustro Universitario, en su sesión de 30 de noviembre de 2006, convocó dos elecciones:

• Elecciones al Claustro Universitario

• Elecciones a Rector.


¿CUÁNDO Y DÓNDE SE CELEBRAN LAS ELECCIONES?

El día en el que se celebrará la votación, tanto de las elecciones al Claustro Universitario, como de las elecciones a Rector, es, según los calendarios aprobados por el Claustro Universitario, el miércoles 21 de marzo de 2007.

El horario de la votación será entre las 10.00 horas y las 17.00 horas.

Los lugares de la votación serán las correspondientes mesas electorales distribuidas y ubicadas del modo siguiente:

• Para los profesores y estudiantes, en la sede de sus centros o departamentos;

• Para los becarios de investigación, en el edificio de Informática;

• Para el personal de administración y servicios del Campus Universitario de Tafira, en el edificio de Empresariales;

• Para el personal de administración y servicios del edificio de Humandidades, del edificio de Formación del Profesorado, de la Sede Institucional y de los Servicios Administrativos de Murga, en el edificio de Formación del Profesorado;

• Para el personal de administración y servicios de la Granja y Ciencias de la Salud, en el edificio de Ciencias de la Salud;

• Para el personal de administración y servicios del edificio de Veterinaria, en el propio edificio de Veterinaria.

• Para los estudiantes de la Diplomatura de Turismo (Lanzarote) en el Edificio de la Facultad de Ciencias de la Salud en la Delegación de Lanzarote.

Para ejercer el derecho al voto, el elector habrá de identificarse mediante la presentación del DNI, del pasaporte, del carné de conducir o del carné de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

¿QUIÉNES PUEDEN VOTAR EN LAS ELECCIONES AL CLAUSTRO UNIVERSITARIO?

El Claustro Universitario, está formado, además de por el Rector, que lo presidirá, y por el Secretario General de la Universidad, que actuará como secretario, y por el Gerente, por un grupo de 200 claustrales. Con las elecciones al Claustro Universitario se trata de elegir a estos 200 claustrales. Estas elecciones se realizarán por el sistema de votación mayoritaria y personal de los candidatos presentados.

La distribución de los 200 claustrales a elegir es la siguiente:

-106 pertenece al sector de profesores doctores pertenecientes a cuerpos docentes universitarios (un 53 % del total);

-26 corresponde al sector de resto de personal docente e investigador (un 13 % del total);

-54 está constituido por el sector de los estudiantes (un 27 % del total); de ellos 2 son becarios de investigación (un 1 % del total); y,

-14 corresponde al sector de personal de administración y servicios (un 7 % del total).

En consecuencia, pueden votar en las elecciones al Claustro Universitario las personas integradas en los distintos sectores de la comunidad universitaria, dentro de la ULPGC, que elegirán sus representantes en el Claustro Universitario:

-profesores doctores pertenecientes a cuerpos docentes universitarios (por ejemplo, un Profesor Titular de Universidad o un Catedrático de Universidad, que son doctores)

-resto del personal docente e investigador (por ejemplo, un Profesor Titular de Escuela Universitaria, que no es doctor, o un Profesor Contratado Doctor);

-estudiantes (por ejemplo, un estudiante matriculado en una determinada titulación);

-personal de administración y servicios (por ejemplo, una persona con contrato laboral que trabaja en los servicios administrativos de un determinado edificio).

Para ejercer el derecho al voto es necesario estar inscrito en el censo, que se actualizará a la fecha de la convocatoria de elecciones.


¿QUIÉNES PUEDEN VOTAR EN LAS ELECCIONES A RECTOR?

El Rector será elegido por la comunidad universitaria, mediante elección directa y sufragio, universal, libre y secreto. En consecuencia, pueden votar en las elecciones a Rector las personas integradas en los distintos sectores de la comunidad universitaria, dentro de la ULPGC:

-profesores doctores pertenecientes a cuerpos docentes universitarios (por ejemplo, un Profesor Titular de Universidad o un Catedrático de Universidad, que son doctores)

-resto del personal docente e investigador (por ejemplo, un Profesor Titular de Escuela Universitaria, que no es doctor, o un Profesor Contratado Doctor);

-estudiantes (por ejemplo, un estudiante matriculado en una determinada titulación);

-personal de administración y servicios (por ejemplo, una persona con contrato laboral que trabaja en los servicios administrativos de un determinado edificio).

Para ejercer el derecho al voto es necesario estar inscrito en el censo, que se actualizará a la fecha de la convocatoria de elecciones.

  • Enlace a la página de la Junta Electoral Central
  • Enlace a la circular de la Junta Electoral Central con motivo de las elecciones