Competencias

Por Resolución del 17 de octubre de 2025, del Rector, por la que se delegan competencias en diversos Órganos Unipersonales de esta Universidad, y se establece el régimen de suplencia de los mismos se delega en la Vicerrectora de Profesorado, Planificación y Ordenación Académica:

  • La dirección, gestión y organización del personal docente e investigador de esta Universidad, ejerciendo todas las atribuciones que la legislación reconoce a la Administración del Estado y a la Administración Autonómica sobre su propio personal, así como cuantas funciones vengan atribuidas al Rector por la Ley Orgánica del Sistema Universitario, normativa de función pública, Estatuto de los Trabajadores, Estatutos de esta Universidad, y disposiciones de desarrollo. Esta delegación comprende, entre otras, todas las facultades referentes al acceso, permisos y licencias, situaciones administrativas, régimen académico y retributivo. Se excluyen expresamente de esta delegación el nombramiento y los actos de toma de posesión de funcionarios; la imposición de sanciones disciplinarias al profesorado, así como la resolución de los expedientes de compatibilidad con actividades privadas profesionales, laborales, mercantiles o industriales o para el desempeño de un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector público, cuando el puesto de trabajo o actividad principal corresponda a la Universidad, y la emisión del informe preceptivo cuando sea el segundo puesto o actividad en el sector público el que corresponda a la Universidad.
  • La elaboración, revisión y modificación de la relación de puestos de trabajo de personal docente e investigador.
  • La dirección de la política de selección de personal docente e investigador.
  • La dirección de la negociación en materia de convenio colectivo y otros pactos legalmente formalizados que afecten al personal docente e investigador.
  • Cuantas funciones vengan atribuidas al Rector en materia de departamentos y centros, relativas al profesorado.
  • La autorización de programas propios de becas, bolsas de viaje y otras ayudas personales para la formación del profesorado y cuantas actividades se consideren de interés en esta materia.
  • La definición y seguimiento de los programas que establezca la Universidad sobre profesores visitantes y convocatorias de sabáticos.
  • La elaboración de las disposiciones normativas que afecten a su esfera competencial.
  • Cuantas funciones vengan atribuidas al Rector en materia de departamentos y centros relativas a la planificación y a la ordenación académica.
  • La organización y planificación de la actividad académica de títulos oficiales de grado y máster.
  • El establecimiento de relaciones con los centros adscritos, atendiendo a la ordenación y seguimiento de su actividad.
  • La programación y el desarrollo de todos los planes de reequipamiento de los diferentes laboratorios docentes y unidades de apoyo a la docencia de la Universidad.
  • La preparación y seguimiento de convenios y encargos a medios propios que afecten al personal docente e investigador de esta Universidad.
  • La presidencia y seguimiento de las comisiones delegadas del Consejo de Gobierno en asuntos de su competencia.
  • Las derivadas de las funciones que, en materia de contratación administrativa, el ordenamiento jurídico atribuye al órgano de contratación en los procedimientos relativos a contratos menores de suministros y prestación de servicios en el ámbito de sus competencias y de los créditos presupuestarios consignados en las unidades de gasto de que sea responsable. También se delega la gestión económica y financiera derivadas de las referidas competencias, incluyendo las autorizaciones y disposición de los gastos, así como el reconocimiento de las obligaciones y las propuestas de pago.
  • La convocatoria y la resolución de la concesión de ayudas, premios y subvenciones vinculadas con este Vicerrectorado.
  • La renovación y equipamiento de los laboratorios docentes.
  • La convocatoria y la resolución de la concesión de ayudas, premios y subvenciones vinculadas con este Vicerrectorado.
  • La identificación, propuesta y gestión de solicitudes de financiación externa de interés para la ULPGC en el ámbito de sus competencias.