SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO CON UN SOLO PUNTO EN EL ORDEN DEL DÍA: APROBACIÓN DE LA PROPUESTA DE COMPLEMENTOS RETRIBUTIVOS

10 Jun 2003

10/06/03

El jueves día 12 de junio, a las 16.30 horas, en la sala de juntas de la Sede Institucional (c/ Juan de Quesada, 30. Vegueta), tendrá lugar una sesión extraordinaria del Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria con un solo punto en el orden del día: aprobación de la propuesta definitiva de complementos retributivos para el personal docente e investigador con efectos de 1 de enero de 2003.

Este acuerdo será remitido al Consejo Social para que, en su caso, apruebe la solicitud de complementos retributivos y los remita al Gobierno de Canarias.

La normativa de Complementos Retributivos para el profesorado universitario fue publicada por el Gobierno de Canarias en 1999 y es la propia Universidad la encargada de abrir el plazo de presentación de solicitudes y documentación complementaria para solicitud de los citados complementos. Una vez evaluados favorablemente por la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, deben ser ahora aprobados por el Consejo de Gobierno y el Consejo Social de la Universidad para que el Gobierno proceda a su efectiva concesión. Estos complementos tendrán efectos hasta el 31 de diciembre de 2004.

Pueden solicitar este complemento tanto los docentes que hayan completado dos cursos académicos continuos o discontinuos en las Universidades canarias, como aquellos a los que les fue concedido en la primera adjudicación de complementos, con efectos 1 de enero 1999 y que finalizaron el 31 de diciembre del año 2002, ya que tienen una validez de cuatro años. En el año 1999, el Consejo Social de la ULPGC otorgó complementos a 1.135 docentes de la ULPGC.

De acuerdo con la Resolución de 19 de julio de 1999, que es de aplicación a la presente convocatoria, los docentes universitarios podrán optar anualmente a un máximo de cuatro complementos de los seis existentes, que son los siguientes: Reconocimiento a la dedicación docente (nº 1); Mérito docente (nº2); Estímulo a la especialización (nº 3); Aportaciones creativas a la docencia universitaria (nº 4); Docencia de graduación, postgrado e inserción laboral (nº 5); y Méritos relevantes asociados a actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) (nº 6). Cada uno de los complementos tiene un importe anual de 1502.54 EUROS (250.000 pesetas).

Esta normativa ha sido modificada por Decreto de 7 de octubre de 2002, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que será de aplicación para los complementos retributivos a partir del 1 de enero de 2005, y que entre otras novedades recoge que existirán tres tipos de complementos, con tres tramos retributivos cada uno de ellos: Complemento por méritos docentes (con validez de cuatro años); Complemento por méritos investigadores (con validez de seis años); y Complemento por servicios institucionales (con validez de cuatro años)