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SESIÓN DE MAÑANA DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA ULPGC: REGLAMENTOS DOCENTES
26/06/03
El Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria se ha iniciado con el informe del Rector, Manuel Lobo Cabrera, quien se refirió a los próximos Decretos de desarrollo de la Ley Orgánica de Universidades (LOU) fundamentalmente referidos a duración y créditos de las titulaciones, Másters y Cursos de Postgrado y Estatuto de los Becarios de Investigación.
Asimismo, el Rector recordó que se ha procedido a acordar con el Gobierno de Canarias el Plan de Inversiones para los próximos años que permitirá la construcción y reforma de los edificios de Ciencias de la Salud, Humanidades, Telecomunicaciones, Sociales y Jurídicas, Veterinaria, y Enfermería de Lanzarote.
Manuel Lobo destacó el hecho de que la ULPGC ha ultimado el desarrollo estatutario de adaptación a la LOU en el Claustro y que hoy lo hará con los Reglamentos que dependen del Consejo de Gobierno, con lo que el próximo curso la Universidad se encontrará plenamente adaptada a la Ley.
El Consejo de Gobierno no aceptó la propuesta de los sindicatos de ampliar el número de liberados sindicales del Personal de Administración y Servicios (PAS) y mantendrá el acuerdo de 7 liberados previstos en los presupuestos.
El Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, Roberto Sarmiento Rodríguez, presentó la adaptación a la LOU del reglamento de planificación académica, que fue aprobado por unanimidad, y que recoge los diferentes criterios y normas por las que se regirá la docencia de enseñanzas homologadas de primer y segundo ciclo en la ULPGC. Se regula tanto la oferta de enseñanza reglada en la ULPGC, el Plan de organización docente del Consejo y el Plan de ordenación docente del Departamento. Entre otros aspectos, se recoge que las fechas de exámenes sólo podrán modificarse por causas justificadas y hasta un mes antes de la fecha establecida inicialmente; y que todos los profesores incluirán en su horario 6 horas de tutoría semanales que se realizarán durante todo el periodo lectivo del curso académico.
El Reglamento de Docencia y Evaluación del Aprendizaje, que fue presentado también por el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, fija las bases para la evaluación de los estudiantes. Entre otros aspectos, recoge que los Centros podrán nombrar tutores por grupos de estudiantes con atención preferente a los primeros cursos; que los estudiantes tendrán derecho a 6 convocatorias y otras 2 más de gracia por asignatura; que un examen no podrá durar más de 4 horas; y que las calificaciones deberán ser publicadas dentro del plazo máximo de 15 días hábiles desde la celebración de los mismos.
Ambos reglamentos procuran eliminar la dualidad de competencias entre Centros y Departamentos y, en concreto, que los estudiantes dirijan sus consultas sobre los procedimientos a los Centros.