17 de febrero de 2026
06:45
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Administración de Edificios Periféricos y apoyo a los IUI: Gestión económica - Pago a conferenciantes
El pago a conferenciantes requiere siempre contracción previa del gasto. Por lo tanto es fundamental comunicar a la Administración del edificio dichos eventos con la antelación suficiente que permita realizar dicha disposición del gasto.
Este tipo de pago no se puede realizar con cargo al Anticipo de Caja que tienen asignado los Directores, sino que se realiza a través del Servicio Económico y Financiero de la ULPGC.
El conferenciante ha de estar dado de alta como tercero y presentar la correspondiente factura por prestación de servicios, aplicándosele la retención por IRPF que corresponda (con carácter general el 15%, ó el 25% si se trata de nacionalidad extranjera).