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Gestión económica de la Administración del Edificio de Educación Física: Tramitación de desplazamiento del personal
Las indemnizaciones por razones del servicio se encuentran reguladas en el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio (BOC de 22 de octubre).
Las cuantías actualmente vigentes son las siguientes:
GRUPO: 1º (altos cargos)
ALOJAMIENTO:
MANUTENCIÓN:
DIETA ENTERA:
GRUPO: 2ª (resto del personal)
ALOJAMIENTO:
MANUTENCIÓN:
DIETA ENTERA:
Las dietas en el extranjero pueden ser consultadas en el BOC citado.
- Cumplimentar el impreso de orden de servicio con, al menos, 10 días de antelación al viaje y presentarlo a la auxiliar de apoyo a la dirección.
- Reservar en la agencia de viajes INSULAR billete de pasaje y hotel, si procede, conservando el localizador de dicha reserva.
- Comunicar el localizador de la reserva al gestor (impreso), a efectos de que sea remitido el correspondiente vale a la agencia de viajes, lo que le será comunicado al interesado para que pueda retirar el billete de pasaje.
- En el plazo de cinco días siguientes a la finalización de la comisión de servicios deberá entregar en la Administración la siguiente documentación:
1. Tapas del billete, tickets y facturas de los transportes utilizados.
2. Factura de alojamiento, si fue abonado directamente por el interesado.
3. Impresos firmados de cuentadante, declarante y renuncia al pago del billete, que le serán facilitados por la Administración.