Gestión económica de la Administración del Edificio de Educación Física: Tramitación de desplazamiento del personal

Las indemnizaciones por razones del servicio se encuentran reguladas en el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio (BOC de 22 de octubre).

Las cuantías actualmente vigentes son las siguientes:

GRUPO: 1º (altos cargos)
ALOJAMIENTO: 
MANUTENCIÓN: 
DIETA ENTERA: 

GRUPO: 2ª (resto del personal)
ALOJAMIENTO: 
MANUTENCIÓN: 
DIETA ENTERA: 


Las dietas en el extranjero pueden ser consultadas en el BOC citado.

- Cumplimentar el impreso de orden de servicio con, al menos, 10 días de antelación al viaje y presentarlo a la auxiliar de apoyo a la dirección. 

- Reservar en la agencia de viajes INSULAR billete de pasaje y hotel, si procede, conservando el localizador de dicha reserva.

- Comunicar el localizador de la reserva al gestor (impreso), a efectos de que sea remitido el correspondiente vale a la agencia de viajes, lo que le será comunicado al interesado para que pueda retirar el billete de pasaje.
 

- En el plazo de cinco días siguientes a la finalización de la comisión de servicios deberá entregar en la Administración la siguiente documentación:

1. Tapas del billete, tickets y facturas de los transportes utilizados.

2. Factura de alojamiento, si fue abonado directamente por el interesado.

3. Impresos firmados de cuentadante, declarante y renuncia al pago del billete, que le serán facilitados por la Administración.