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Gestión académica de la Administración del Edificio de Ciencias de la Salud: simultaneidad de estudios
Normativa
Orden de 28 de septiembre de 1984 sobre régimen de simultaneidad de estudios universitarios en distintos centros (BOE de 9 de octubre de 1984).
Reglamento de Acceso y Admisión en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para las titulaciones oficiales creadas en aplicación del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales.
Instrucciones anuales de acceso y matrícula de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Concepto
La simultaneidad de estudios supone iniciar otros estudios universitarios simultaneándolos con los que el alumno ya realiza, en la misma o distinta universidad.
En el caso de los estudiantes de la ULPGC, podrán solicitar simultanear titulaciones oficiales dentro de la misma únicamente cuando no se impartan ninguna de estas dentro de Programas de Doble titulación.
En el caso de estudiantes de otras universidades, podrán solicitar su admisión en otra u otras titulaciones en esta Universidad por la modalidad de simultaneidad de estudios. Para ello deberán tener superados, en los estudios de procedencia, todos los créditos y materias vinculados a primer curso.
Requisitos
Los establecidos en el apartado anterior.
Plazo de presentación de solicitudes
Durante el mes de Septiembre.
Lugar de presentación
Administración del Edificio.
Documentación
a) Solicitud de simultaneidad de estudios.
b) Fotocopia del documento de identidad.
c) Original y copia de las calificaciones que le dieron acceso a la universidad (tarjeta de la PAU, calificaciones del ciclo formativo, etc.).
d) Certificación académica personal de la titulación que se esté cursando.
Órgano que resuelve
La Decana de la Facultad informará las solicitudes de simultaneidad, que serán remitidas al Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad para su Resolución, en función de las vacantes que existan en la titulación solicitada una vez finalizados los procesos de preinscripción y matriculación.
Efectos
Si la resolución es favorable, el alumno podrá matricularse en la titulación solicitada en el plazo que se le indique en la Resolución.