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Edificio de Ciencias de la Salud - Homologación de Títulos Extranjeros
Normativa
- Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado. (BOE de 22 de noviembre de 2014).
- Instrucción y procedimientos anuales de Acceso y Matrícula para titulaciones de Grado de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Las solicitudes de homologación iniciadas antes de la entrada en vigor del Real Decreto 967/2014 se regirán transitoriamente por esas normas en los términos y plazos previstos en dicho Real Decreto.
- En cuanto a la organización de las pruebas, mientras no se desarrollen nuevas normas, regirá la ORDEN ECI/1519/2006 de 11 de mayo, por la que se establecen los criterios generales para la determinación y realización de los requisitos formativos complementarios previos a la homologación de títulos extranjeros de educación superior. (BOE de 19 de mayo de 2006).
Cuando una persona con un título oficial extranjero solicite la homologación a un título universitario oficial español, ésta puede quedar condicionada a la superación de los requisitos formativos complementarios que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte considere.
Es requisito necesario que los interesados cuenten con una Resolución firme por parte del citado Ministerio para la participación en la prueba o pruebas que se determinen, que en cualquier caso llevarán aparejada la solicitud previa, el abono de los precios que anualmente se aprueben por la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias y la aceptación expresa de la propuesta de admisión que emitirá la Facultad de Ciencias de la Salud para cada solicitante una vez entregada la documentación requerida.
Los requisitos formativos podrán consistir en la superación de una prueba de aptitud, en la realización de un periodo de prácticas, en la realización de un proyecto o trabajo o en la asistencia a cursos tutelados que permitan subsanar las carencias formativas advertidas.
La Facultad de Ciencias de la Salud ha determinado el tipo de pruebas que organizará de entre todas las variantes que recoge la normativa, según Resolución de 28 de enero de 2016, de la Decana, en ejecución del acuerdo adoptado en Junta de Facultad de la misma fecha.
Para acceder a su contenido, pulse en el siguiente enlace.
Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentan después de recibida la Resolución del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Dependiendo del tipo de prueba, se establecen dos plazos distintos:
- Superación de una prueba de aptitud o realización de un proyecto o trabajo: matrícula hasta, como máximo, 15 días antes de la realización de las pruebas.
- Realización de un periodo de prácticas o asistencia a cursos tutelados: matrícula en el periodo ordinario de matrícula del primer o segundo semestre.
Documentación
a) Solicitud según modelo que podrá descargar del apartado de impresos y formularios de servicios académicos, siguiendo el enlace puesto a continuación.
b) Fotocopia de la Resolución del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y original para su cotejo.
c) Fotocopia del documento de identidad y original para su cotejo.
d) Fotocopia de la tarjeta sanitaria y original para su cotejo.
Lugar de presentación
En la administración del Edificio de Ciencias de la Salud en horario de atención a los usuarios, en las sedes de Lanzarote o Fuerteventura o a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (necesario certificado digital), https://sede.ulpgc.es
Órgano que resuelve
La Decana de la Facultad de Ciencias de la Salud formulará la propuesta de admisión en la que figurarán las asignaturas de las que deberá examinarse cada interesado, en función de lo resuelto por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de la estructura del título a homologar.
Es condición necesaria aceptar con carácter previo mediante firma la citada propuesta para la participación en las pruebas que se organicen.
Efectos
Los interesados que acepten las propuestas de admisión deberán formalizar su matrícula según el procedimiento descrito y presentarse a las pruebas programadas por la Facultad. El calendario de éstas se publicará y notificará a los interesados al menos 30 (treinta) días naturales antes de su comienzo. Generalmente tendrán lugar en los meses de mayo y julio.
Una vez superadas todas las pruebas, se comunicará el resultado al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, a fin de que los interesados puedan continuar los trámites para la obtención de la credencial de homologación de su título al correspondiente título oficial español.
Los interesados que no superen totalmente las pruebas descritas en un curso académico, si desean continuar hasta superarlas en su totalidad en la Facultad de Ciencias de la Salud, deberán volver a formalizar matrícula en el curso siguiente, abonando los precios que se determinen.
La Facultad de Ciencias de la Salud sólo certificará aquellas pruebas que hayan sido superadas en su totalidad.