
10 de junio de 2025
08:39
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Permisos del PDI - Por enfermedad o fallecimiento
Al solicitar el permiso se indicará el nombre del familliar y el parentesco.
Para justificar la solicitud de permiso se aportará el justificante de ingreso o el certificado de defunción, según el caso.
- Si se trata de un familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad se tiene derecho a
- 5 días por enfermedad grave.
- 3 días Por fallecimiento en la misma localidad.
- 5 días por fallecimiento en distinta localidad.
- Si se trata de un familiar de segundo grado de consanguinidad o afinidad se tiene derecho a
- 4 días por enfermedad grave.
- 2 días por fallecimiento en la misma localidad.
- 4 días por fallecimiento en distinta localidad.
familiares de primer grado: Padre, madre, suegros/as, conyuge/pareja, hijos/as, yerno, nuera.
familiares de segundo grado: Abuelos/as, hermanos/as, cuñados/as, nietos/as.
familiares de tercer grado: bisabuelos/as, tíos/as, sobrinos/as, biznietos/as.
familiares de cuarto grado: primos/as, tios/as abuelos/as.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.