Permisos del PDI - Vacaciones distintas de Agosto

El artículo 1 del Reglamento de permisos y licencias del Personal Docente e Investigador de esta Universidad establece en su artículo 1 que las vacaciones anuales podrán disfrutarse en período distinto de Agosto en supuestos excepcionales debidamente justificados. En todo caso el disfrute del período vacacional deberá ser compatible con la actividad del departamento y, en particular, con la docencia, de tal manera que sólo podrá solicitarse y concederse para períodos en los que el profesor no tenga asignada docencia.