Gestión académica: Acceso por traslado de expediente para continuar los mismos estudios iniciados en otra universidad española o extranjera

Normativa

-Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas

-Reglamento Regulador de los Procedimientos de admisión por Traslado de Expediente para Continuar Estudios Universitarios Oficiales en la ULPGC

Resolución del Vicerrector de Estudiantes, Alumni y Empleabilidad por la que se aprueba la convocatoria para los traslados de expediente, en aplicación del reglamento regulador de los procedimientos de admisión por traslado de expediente para continuar estudios universitarios oficiales en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Curso 2024/2025

Reglamento de acceso y admisión en la ULPGC para titulaciones oficiales creadas en aplicación del Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, aprobado en Consejo de Gobierno el 27 de abril de 2010 (BOULPGC 5 de mayo de 2010).

Requisitos

Los alumnos que hayan iniciado estudios en una universidad y deseen continuar los equivalentes en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, podrán solicitar la admisión por la modalidad de traslado de expediente, siempre que cumplan los siguientes requisitos: 

1. Tener superado un número de créditos que permita el reconocimiento de al menos 30 créditos de la titulación a la que desea acceder.
2. En aplicación de la normativa de progreso y permanencia en titulaciones oficiales de la ULPGC, los estudiantes de otras universidades que soliciten la admisión en la ULPGC desde títulos de la misma rama de conocimiento o, en su caso, ámbito o campo de conocimiento, deberán acreditar el cumplimiento de las normas de permanencia conforme a la regulación de la ULPGC. Este requisito no será aplicable para la admisión de estudiantes con estudios universitarios extranjeros.
3. Tener una nota de admisión igual o superior a la establecida en la convocatoria anual de traslados de expedientes, en el caso de que esta sea fijada en la oferta de plazas de la titulación.
4. Reunir estos requisitos el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes que se establezca en la convocatoria anual de traslados de expedientes.

Los procedimientos de admisión por traslado de expediente y por preinscripción son compatibles, por lo que las personas interesadas podrán solicitar plaza por ambos procedimientos.

Documentación

 

  • Copia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia vigente. Las personas interesadas que no posean la nacionalidad española deberán aportar la tarjeta de residencia en vigor. En su defecto, deberán aportar el pasaporte, teniendo en cuenta que, en caso de que se les adjudique plaza en la ULPGC, deberán aportar la tarjeta de residencia. La fecha límite para ello será la misma que se haya consignado para el estudiantado de nuevo ingreso que se encuentra en la misma situación, en las instrucciones de matrícula aplicables al curso vigente.   
  • Certificado con todas las asignaturas cursadas en la titulación de origen, las superadas, las no superadas y las matriculadas en el curso vigente, si las hubiera, y con los créditos de cada asignatura con indicación de las convocatorias agotadas y su calificación. Debido a que es requisito imprescindible haber superado un número de créditos que permita el reconocimiento de al menos 30 créditos de la titulación a la que desea acceder, el certificado debe ser aportado necesariamente en el período de solicitudes, sin que pueda aportarse con posterioridad, a efectos de garantizar la igualdad de oportunidades de todos los solicitantes. En el caso de certificaciones emitidas por universidades españolas, es importante que el certificado incluya la nota media del expediente académico calculada según el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, (nota media ponderada). Si no viene consignada se considerará un 5.
  • Si no se especifica en el certificado anterior, deberá aportar Acreditación de las pruebas de acceso a la universidad o del título y calificación que le dio acceso a la universidad.
  • En el caso de titulaciones en las que se exige una nota mínima de admisión, se deberá aportar las calificaciones de las asignaturas superadas en la fase específica de la EBAU/EVAU.
  • Programas de las asignaturas superadas y el plan de estudios de la titulación donde se acredite la profesión para la que le habilita el título, debidamente sellados. Quedan exceptuados de presentar esta documentación las personas que solicitan seguir cursando los mismos estudios en distinta modalidad o sede dentro de la propia ULPGC.

Todos los documentos mencionados en los apartados anteriores deberán estar emitidos en castellano o, en caso contrario, venir acompañados de la correspondiente traducción al castellano realizada por un traductor oficial.

En el caso de que los documentos mencionados en los apartados 2, 3, 4 y 5 hayan sido emitidos por una universidad extranjera, éstos deberán estar legalizados por vía diplomática (esto último sería aplicable también para las asignaturas que superó en una universidad extranjera y que luego le reconocieron en España). Quedan exceptuados de legalización o apostilla aquellos documentos expedidos por los Estados Miembros de la Unión Europea (Bélgica, Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia y Suecia) o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega).

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo ordinario para presentar la solicitud de plaza para traslado de expediente desde universidades españolas es desde el 6 de mayo hasta el 15 de junio de 2024.

Posteriormente se abrirá un segundo plazo específico que se extenderá hasta el 20 de septiembre de 2024, para las solicitudes de estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros. En este segundo plazo se podrán presentar también solicitudes de traslado desde universidades españolas, que serán atendidas solamente en el caso de que hubieran quedado plazas vacantes después de resolverse las solicitudes presentadas en el plazo ordinario.

Lugar de presentación

Las solicitudes deberán presentarlas dirigidas a esta Administración a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, seleccionando el trámite "Traslado de expediente para continuar estudios en la ULPGC (Administración del Edificio de Ciencias de la Educación)".

Órgano que resuelve

Cada centro informará las peticiones de traslado de expediente, remitiendo la documentación al Servicio de Gestión Académica para su tramitación y será el Vicerrectorado de Estudiantes, Alumni y Empleabilidad de la ULPGC quien dictará la Resolución.

Matrícula

Si la solicitud es resuelta favorablemente el alumno se matriculará de aquellas asignaturas que considere convalidables, así como de las que desee cursar. Esta matrícula se considerará provisional, a la espera de la resolución de la solicitud de convalidaciones que tramite el estudiante.

Una vez resueltas las convalidaciones, el alumno formalizará definitivamente la matrícula, atendiendo a lo establecido en la Normativa de Progreso y Permanencia de la ULPGC en lo que se refiere al tipo de dedicación, que puede ser parcial o completa, y al Artículo 15.1 de la citada Normativa

Oferta de plazas y nota de admisión curso 2024/2025

Resolución de oferta de plazas para los traslados de expediente para estudiantes procedentes del sistema educativo español curso 2024/2025

Resolución de nota de admisión en oferta de plazas por traslado de expediente para estudiantes procedentes del sistema educativo español curso 2024/2025