Derechos de los usuarios

Administración del Edificio de Ciencias de la Educación - Derechos de los usuarios

Sin pretender realizar una exposición exhaustiva, a continuación se detallan los principales derechos de los ciudadanos ante la Administración de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria:


· Respecto a su relación personal con los empleados públicos los ciudadanos tienen los siguientes derechos:

1. A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos, quienes habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

2. A identificar a las autoridades y empleados públicos bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.

3. A exigir las responsabilidades de la Administración Universitaria y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente.


· Respecto al acceso y manejo de la información los ciudadanos tienen los siguientes derechos:

1. Al tratamiento de sus datos personales con las garantías establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE de 5 de diciembre) y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

2. A ser orientados y asesorados sobre los procedimientos, trámites, requisitos jurídicos o técnicos y documentación que sean de aplicación para los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar, o para acceder al disfrute de un servicio público o beneficiarse de una prestación[1].

3. A acceder a los registros y archivos de la Administración en los términos previstos en la legislación vigente[2].

4. A obtener copia de los documentos contenidos en aquellos procedimientos en los que tengan la condición de interesados.


· Respecto a la tramitación y documentación los ciudadanos tienen los siguientes derechos:

1. A ser informados, en cualquier momento, del estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados.

2. A obtener copia sellada de los documentos originales que presenten, así como a la devolución de éstos salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento.

3. A formular alegaciones y aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia.

4. A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante.

5. A que sus solicitudes sean resueltas de forma expresa y a ser notificados de dichas resoluciones.


· Respecto a la participación[3] en la mejora del servicio público, los ciudadanos tienen los siguientes derechos:

1. A presentar quejas y reclamaciones por las tardanzas, desatenciones o por cualquier otro motivo de actuación irregular que observen en el funcionamiento de las oficinas administrativas y en general de cualquier otra dependencia en la que se preste un servicio público.

2. A formular iniciativas o sugerencias encaminadas a mejorar la calidad de los servicios, incrementar el rendimiento o el ahorro del gasto público, simplificar trámites o suprimir los que sean innecesarios, o cualquier otra medida que suponga un mayor grado de satisfacción de los usuarios en sus relaciones con la Administración Universitaria.

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[1] Esta forma de facilitar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos, en ningún caso podrá entrañar una interpretación normativa, ni consideración jurídica o económica, sino una simple determinación de conceptos, información de opciones legales o colaboración en la cumplimentación de impresos y auxilio en la redacción formal de solicitudes.


[2] El acceso a los archivos y registros está regulado básicamente en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales (BOE de 6 de diciembre) y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE de 2 de octubre).

[3] El derecho de participación de los ciudadanos en el funcionamiento de los servicios públicos viene recogido en el artículo 23 de la Constitución Española, así como en los artículos 3.2, 3.5 y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).