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Gestión académica- Convocatorias, exámenes y actas
Normativa
- Calendario Académico 2024-2025
- Reglamento de Progreso y permanencia (nuevo)
- Reglamento de Evaluación del Aprendizaje
Plazos de firma de actas
Las actas deben estar firmadas en las fechas fijadas en el calendario académico aprobado anualmente por el Consejo de Gobierno de esta Universidad.
Plazos de reclamación de actas
La calificación de un examen final puede reclamarse según el siguiente procedimiento (art. 43 del Reglamento de docencia y evaluación del aprendizaje):
a) Solicitando revisión de la calificación final del examen ante el mismo profesor en cualquiera de las sesiones dedicadas a la revisión de calificaciones. Esta solicitud tendrá que ser resuelta dentro del período de revisión.
b) Contra la resolución del profesor puede realizarse una reclamación por escrito ante el Decano del centro en un plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la finalización del plazo de publicación de las calificaciones, que se realizará por la sede electrónica de la ULPGC, utilizando el procedimiento Incidencia académica
Publicación de actas
Las calificaciones finales reflejadas en las actas de cada convocatoria pueden consultarse a través de MiULPGC (www.ulpgc.es), empleando para ello la contraseña personal de acceso.
Convocatoria especial
La convocatoria especial se realiza en el mes de septiembre.
Sin perjuicio de lo establecido en la Normativa de Progreso y Permanencia de la ULPGC, los estudiantes podrán presentarse en la convocatoria especial:
a) Con carácter general, a un máximo de tres asignaturas siempre que se trate de asignaturas en las que se haya matriculado anteriormente.
b) Con carácter especial, hasta un máximo de cinco asignaturas, siempre que sean las últimas pendientes para finalizar sus estudios.
Los estudiantes que quieran hacer uso de la convocatoria especial serán evaluados de acuerdo con el proyecto docente de la asignatura referido al curso inmediatamente anterior y con el profesor que tiene asignada la asignatura en el curso académico en el que se realice el examen.
La celebración de los exámenes de la convocatoria especial no supondrá en ningún caso la suspensión de clases. Los estudiantes quedarán eximidos de la asistencia a clase el día del examen.
Si el estudiante no supera el examen de la convocatoria especial y no ha agotado el número máximo de convocatorias de evaluación, automáticamente se le asignará la convocatoria ordinaria. En el caso de que no se presente a ésta, la convocatoria se trasladará a la extraordinaria que computa en todo caso a efectos de convocatorias agotadas.
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Plazo y lugar de presentación de solicitudes
Se solicita en el momento de realizar la matrícula, indicándolo en la pantalla de automatrícula correspondiente.
Septima convocatoria
Los alumnos tienen derecho a seis convocatorias por asignatura.
Excepcionalmente y a petición del estudiante que incumpla la condición de permanencia establecida en el artículo 7.1, se podrá disponer de una sola convocatoria adicional por asignatura, previo acuerdo de la Comisión de Permanencia de la Universidad en los términos que establezca el Reglamento de Desarrollo de esta Normativa, siempre y cuando cumpla con el resto de condiciones de permanencia.
En caso de no superar la asignatura en esa convocatoria adicional, el estudiante quedará desvinculado definitivamente de esa titulación.
Lugar de presentación
Sede electrónica de la ULPGC