Gestión económica de la Administración del Edificio de Arquitectura: Tramitación de desplazamiento del personal

Las indemnizaciones por razones del servicio se encuentran reguladas en el

Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio (BOC de 22 de octubre).
Decreto 67/2002, de 20 de mayo, por el que se modifica parcialmente el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio (BOC de 22 de octubre).
- Orden de 11 de febrero de 2008, por la que se actualizan las cuantías de las dietas de las comisiones de servicio en territorio nacional y de la indemnización por utilización de vehículo particular.

Las cuantías actualmente vigentes son las siguientes:

GRUPO: 1º (altos cargos)
ALOJAMIENTO: 102,56 euros
MANUTENCIÓN: 53,34 euros
DIETA ENTERA: 155,90 euros

GRUPO: 2º (resto del personal)
ALOJAMIENTO: 65,97 euros + 50 euros si el desplazamiento es a Madrid, Barcelona o Sevilla.
MANUTENCIÓN: 37,40 euros
DIETA ENTERA: 103,37 euros.
Las dietas en el extranjero pueden ser consultadas en los BOC citados.


    - El personal administrativo del Área de Gobierno de la Escuela de Arquitectura reservará en la agencia de viajes billete de pasaje y hotel, si procede, conservando el localizador de dicha reserva. Además, comunicará al Administrador del Edificio el localizador de la reserva, a efectos de que sea remitido el correspondiente vale a la agencia de viajes.