Gestión económica de la Administración del Edificio de Arquitectura: Pagos a conferenciantes

El pago de las conferencias que hayan sido aprobadas por el Director de la Escuela de Arquitectura se realizará por transferencia bancaria a la cuenta que a tal efecto señale el conferenciante.

Para ello, el conferenciante deberá estar dado de alta como tercero y presentar la correspondiente factura por prestación de servicios, aplicándosele la retención por IRPF que corresponda (con carácter general el 21%, o el 24,75 % si se trata de extranjeros no residentes).