17 de febrero de 2026
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Derechos y deberes
Derechos del personal contratado.
- Los recogidos en el artículo 14 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, así como en el capítulo II del Real Decreto 103/2019, de 11 de marzo.
- Obtener de los Departamentos o Institutos y Centros de investigación a los que se incorporen, la colaboración y apoyo necesarios para el desarrollo normal de su trabajo de investigación, de acuerdo con las disponibilidades de aquellos.
- Exención de tasas académicas (excluyendo por tanto las tasas administrativas) exclusivamente en la matrícula del programa de doctorado que le ha dado acceso a este contrato.
- Participar en las convocatorias de ayudas para la consolidación de la actividad investigadora del personal investigador de la ULPGC.
Obligaciones del personal contratado.
- Los recogidos en el artículo 15 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, así como en el Capítulo II del Real Decreto 103/2019, de 11 de marzo.
- Incorporarse, una vez formalizado el contrato laboral, al departamento al que pertenezca el director de tesis, ateniéndose a su régimen interno y dedicándose exclusivamente a las actividades de formación y especialización científica, objeto del contrato.
- Seguir las directrices de formación del director de tesis del contrato, realizando las actividades contempladas en su programa de formación y especialización en la investigación y cumpliendo los objetivos marcados con aprovechamiento.
- Asumir las obligaciones que le correspondan por razón de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Matricularse en el correspondiente programa de doctorado durante todos los cursos académicos necesarios hasta que finalice el contrato o lea la tesis doctoral, y enviar el correspondiente justificante al Servicio de Investigación.
- Solicitar autorización a la Vicerrectora de Investigación y Transferencia de la ULPGC, por causas debidamente justificadas, de cualquier modificación de las condiciones de adjudicación del contrato (cambio de director, cambio de la línea de investigación, etc.).
- Solicitar a la Vicerrectora de Investigación y Transferencia de la ULPGC autorización para ausentarse de su puesto de trabajo. Las solicitudes serán presentadas con una antelación de 20 días naturales al inicio de la ausencia, a través del procedimiento específico de la sede electrónica de la ULPGC denominado “Solicitud de autorización de ausencias del personal investigador”. En los desplazamientos será responsabilidad de la persona interesada la solicitud y obtención del documento que garantice la cobertura sanitaria si se trata de desplazamientos a los países miembros de la Unión Europea o aquellos con los que exista convenio bilateral, o la contratación de un seguro con las coberturas correspondientes en el caso de otros países.
- Hacer constar en todas las publicaciones desarrolladas durante la duración del contrato, incluida la tesis doctoral, su condición de investigador contratado predoctoral en formación del Programa Predoctoral de Formación del Personal Investigador de la ULPGC y hacer constar los logos de las entidades públicas y privadas que cofinancian estos contratos.
- Poner en conocimiento de la estructura administrativa competente de la ULPGC, de conformidad y en el plazo que establecen la normativa específica de esta, cualquier resultado de investigación, ya sean invenciones o innovaciones, susceptible de ser protegido por propiedad industrial, intelectual o explotación bajo secreto industrial, obtenidos como consecuencia de la actividad desarrollada por el investigador predoctoral durante el periodo de disfrute del contrato, y que serán propiedad de la ULPGC, sin perjuicio del reconocimiento de la correspondiente autoría.
- Informar al Servicio de Investigación la fecha prevista del acto de defensa de la tesis doctoral con una antelación mínima de un mes.
- Comunicar al Servicio de Investigación el resultado de la lectura de tesis, aportando copia del acta, en el plazo de cinco días naturales contados a partir de la lectura.
- Las solicitudes y comunicaciones enviadas por la persona contratada al Vicerrectorado o al Servicio de Investigación serán presentadas la sede electrónica de la ULPGC, y se dirigirán al Servicio de Investigación.
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