Gestión académica de la Administración del Edificio de Ciencias de la Educación: Reconocimiento de asignaturas

Normativa

Reglamento de Reconocimiento, Adaptación y Transferencia de créditos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

Tipos

1. ADAPTACIÓN ENTRE TÍTULOS OFICIALES DE LA ULPGC.
2. ADAPTACIÓN ENTRE EL TÍTULO DE DIPLOMADO/A O INGENIERO/A TÉCNICO/A DE LA ORDENACIÓN ANTERIOR CON TÍTULOS OFICIALES ULPGC.

Estos dos primeros trámites se solicitarán por la Sede Electrónica a traves del trámite denominado "Adaptación a nuevos planes de Estudio (Administración del Edificio de Ciencias de La Educación)". Donde unicamente se exigirá como documentación la Propuesta de Adaptación al Grado correspondiente firmada, que podrán descargar desde MiULPGC / MiMatrícula.

3. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS, DE LA UNIÓN EUROPEA Y DEL RESTO DE UNIVERSIDADES.

Documentación

1.- Solicitud de reconocimiento de créditos, en la que se detallarán las asignaturas superadas y por cuáles desea el reconocimiento.

2.- Certificación académica personal de los estudios universitarios iniciados, en la que consten los siguientes extremos:

• rama de conocimiento a la que pertenezca el título, • calificación obtenida en las materias o asignaturas superadas,

• carácter de formación básica, obligatoria u optativa de las materias, con el número de créditos de cada una,

• en el caso de estudios cursados en universidades de la Unión Europea se deberá especificar si son centros públicos o privados, para así poder dar cumplimiento al Decreto anual por el que se fijan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos de carácter universitario, de la Comunidad Autónoma de Canarias.

3.- Programas de las asignaturas superadas en los que deberá figurar con amplitud el contenido de las disciplinas, numerados y sellados por la universidad o centro de origen en todas sus páginas.

4.- Publicación del plan de estudios de la titulación donde se acredite la profesión para la que le habilita el título, sellada por la universidad o centro de origen.

Los documentos de universidades extranjeras deberán estar traducidos al español por traductor/a oficial y legalizados por vía diplomática. No se exigirá este último requisito cuando dichos documentos estén sellados con la “Apostilla” (Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961)

Plazo de presentación de la solicitud

Durante el plazo ordinario de matrícula.

Lugar de presentación

El alumno aportará los documentos requeridos por la Plataforma de Recepción de Documentación.

Procedimiento

a) Presentar la solicitud de reconocimiento en el momento de realizar la matrícula, por la plataforma de carga.
b) Efectuar la matrícula condicional de las asignaturas cuyo reconocimiento se solicita, así como de aquellas otras asignaturas que se desee cursar.
c) Abonar únicamente las tasas de carácter administrativo y el seguro escolar, cuando corresponda.
d) Una vez resuelto el reconocimiento, y tras su correspondiente notificación, el alumno formalizará en el plazo de diez días su matrícula definitiva en las asignaturas reconocidas y en aquellas que no lo hayan sido.

Órgano que resuelve

El Vicerrectorado de Estudiantes, previo informe de la Comisión de Reconocimientos del Centro