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Sesión del Claustro Universitario del lunes 11 de abril: Concluye el debate de la reforma de los Estatutos
La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) ha concluido a mediodía de hoy las sesiones plenarias del Claustro Universitario, en las que se han debatido las enmiendas a la reforma de los Estatutos Universitarios de la ULPGC, con la revisión de un total de 380 enmiendas a 240 artículos.
El Rector José Regidor agradeció a todos los miembros del Claustro su trabajo de presentación y defensa de enmiendas para enriquecer los Estatutos Universitarios. Ahora se realizará una redacción final del texto con todas las enmiendas aceptadas y su corrección de estilo pertinente, con revisión por parte de los servicios jurídicos. Los claustrales lo recibirán con diez días de anticipación a una sesión para la aprobación definitiva del texto de los Estatutos que, si son aprobados, se remiten al Gobierno de Canarias para su revisión y publicación en el Boletín Oficial de Canarias y su entrada en vigor.
En la sesión del lunes 11 de abril se han debatido los temas referidos a Gestión Económica y Presupuestaria, el Régimen Disciplinario, Disposiciones Adicionales, Disposiciones Transitorias, Disposiciones Finales y Disposiciones Derogatorias. Entre los cambios o modificaciones a los Estatutos en vigor se encuentran los siguientes:
- Se tenderá a destinar un 1,5% del presupuesto total de la ULPGC, en función de las disponibilidades presupuestarias, a los programas propios de recursos humanos que tengan como objetivo la captación de talento para la investigación.
- Se incluye con carácter excepcional que cualquier miembro de la comunidad universitaria pueda instar al Rector a la apertura de un procedimiento de información reservada. Además podrán instar al Rector los directores de centros, de departamentos y de institutos universitarios, el Gerente y los Vicerrectores.
- Sin perjuicio de lo establecido en los Estatutos para los Directores de Área, el Rector podrá nombrar cargos académicos específicos de apoyo, que en ningún caso podrán asumir competencias atribuidas al personal de administración y servicios.
- Se señala como límite una reelección consecutiva para los órganos unipersonales, es decir, dos mandatos consecutivos.
- En ningún caso se podrá ocupar más de un cargo unipersonal en la ULPGC y estos cargos no podrán pertenecer a la Junta Electoral Central, al Defensor de la Comunidad Universitaria o a la Unidad de Igualdad.
- El reglamento de cada Centro determinará el número total de miembros de su Junta cuyo máximo será de 150 miembros, respetando los porcentajes previstos por sectores.
En la sesión de tarde del viernes 8 de abril se abordaron los artículos referidos a Personal de Administración y Servicios, Defensor de la Comunidad Universitaria, Gabinete de Inspección y Unidad de Igualdad.
- El Defensor continuará siendo un órgano colegiado de cuatro miembros, con representación del profesorado, estudiantado y personal de administración y servicios.
- El Estatuto incluye la Inspección de Servicios, que dependerá del Rector, que instruirá los expedientes disciplinarios a los miembros de la comunidad universitaria y sería competente en el seguimiento y control general de la disciplina en la ULPGC. Un reglamento del Consejo de Gobierno regulará la composición y funciones de este órgano, que contará con un Director designado por el Rector que será un funcionario del Grupo A1 de los cuerpos docentes o de las escalas de las administraciones y universidades públicas. Este órgano elaborará una memoria anual de sus actividades que presentará al Claustro y Consejo de Gobierno.
- También se incluye en el Estatuto la Unidad de Igualdad para garantizar la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.