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Servicios mínimos y acreditación de asistencia con motivo de la huelga del día 22 de mayo
21/5/2012
El Rector de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, José Regidor García, ha emitido sendas resoluciones con motivo de la convocatoria de Huelga General de la Enseñanza para el martes día 22 de mayo, por las que se establecen los servicios mínimos del Personal de Administración y Servicios y se recogen instrucciones para acreditar la asistencia al puesto de trabajo.
Los servicios mínimos que se fijan son los siguientes:
- Servicio de Organización y Régimen Interno: 1 funcionario para la atención del Registro General para garantizar la recepción de la documentación, y 1 funcionario para garantizar el seguimiento de las incidencias que se produzcan en la jornada de huelga.
- Subdirección de Personal Docente: 1 funcionario para garantizar el seguimiento de las incidencias que se produzcan en la jornada de huelga.
- Administraciones de Edificio (excepto Servicios Centrales): el administrador o gestor más antiguo, en caso de ausencia justificada del administrador, para garantizar la apertura y cierre de los edificios y el seguimiento de las incidencias que se produzcan en la jornada de huelga.
- Animalario de Ciencias de la Salud: 1 trabajador para garantizar la alimentación e higiene de los animales.
- Edificio de Veterinaria: 1 trabajador, para garantizar la alimentación e higiene de los animales de la Granja y el Animalario.
- Servicio de Informática y Comunicaciones: 2 trabajadores, para garantizar la atención a las posibles incidencias que se produzcan en la jornada de huelga.

Instrucciones para acreditar la asistencia
La Resolución del Rector señala que se hace necesario establecer los mecanismos de acreditación de la asistencia al puesto de trabajo de todo el personal de la ULPGC, tanto del personal docente e investigador como del de administración y servicios, en idénticos términos que en ocasiones anteriores y que a continuación se señalan:
1.- El personal de administración y servicios fichará en los relojes de control horario ubicados en los edificios.
2.- El personal docente e investigador y aquél de administración y servicios que no fiche a través del control señalado en el apartado anterior, dispondrá de dos opciones para acreditar su asistencia al puesto de trabajo: A través de MiULPGC: en el apartado de "utilidades" hay una pestaña "acreditar asistencia al trabajo". Una vez que se accede a la misma y se pincha en la opción "acreditar", la asistencia al trabajo queda registrada. Esta acreditación deberá realizarse desde un ordenador de la red de la Universidad, por lo que si intentáramos hacerlo desde fuera de las instalaciones universitarias no funcionaría dicha utilidad.
Alternativamente, también se podrá cumplimentar la hoja de firma en las conserjerías de los edificios donde habitualmente lo hacen.
3.- El personal que se encuentre disfrutando de vacaciones, licencias, permisos, órdenes de servicio y otras situaciones debidamente autorizado o bien en incapacidad temporal, como es obvio no tendrá la obligación de acudir ni de acreditar la asistencia al puesto de trabajo.
4.- Se considerará que se encuentra en huelga todo el personal, cuya asistencia no quede debidamente acreditada, independientemente de que ese día se tenga asignada actividad docente o no.
Aclaraciones del Vicerrectorado de Profesorado y Planificación Académica
1.- La acreditación de asistencia al puesto de trabajo se puede realizar exclusivamente:
- A través de MiULPGC, en "Mis utilidades", opción "acreditar asistencia al trabajo", marcar "acreditar". Siempre desde un ordenador de la red de la Universidad. O bien,
- A través de libro de firma, habilitado al efecto en las Administraciones de los distintos Edificios. En el supuesto de que no encuentre su nombre en el libro, deberá anotarse a mano, firmar e indicar su número de DNI.
2.- El personal que se encuentre disfrutando de licencias, permisos, órdenes de servicio y otras situaciones debidamente autorizado o bien en incapacidad temporal, no tendrá la obligación de acudir ni de acreditar la asistencia al puesto de trabajo. Las licencias que corresponde conceder a los Directores de los distintos Departamentos, deberán haberse remitido a la Subdirección de Personal Docente de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento de permisos y licencias.
3.- El Personal Docente a tiempo parcial que no tenga asignada docencia ni tutoría el día 22 de mayo, no tendrá que acreditar la asistencia al puesto de trabajo.
4.- Todos aquellos Investigadores que sean responsable de personal contratado con cargo a:
- Proyectos de Investigación
- Personal Investigador en Formación (becarios de Investigación en período de contrato)
- Personal Técnico de Apoyo a la Investigación
deberán indicar a este personal que deben firmar en los libros de firma, habilitados al efecto en las Administraciones de los distintos Edificios, debiendo anotar su nombre, firma e inidicar su número de DNI.
Primeros datos de seguimiento de huelga
El dato de la incidencia de la huelga a las 12,30 horas (sin contar jornada de tarde) se puede cifrar en un 19,93%, correspondiendo al Personal Docente e Investigador un 22,62% y al Personal de Administración y Servicios un 14,02%.