Normativa Universitaria
Real Decreto 1267/1994, de 10 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, por el que se establecen las directrices generales comunes de los planes de estudios de los títulos universitarios de carácter oficial y diversos Reales Decretos que aprueban las directrices generales propias de los mismos.
Artículo Cuarto
El Real Decreto 1418/1990, de 26 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 970/1986, de 11 de abril, por el que se establece el título universitario oficial de Licenciado en Odontología y las directrices generales propias de los planes de estudio conducentes a la obtención de aquél, mantendrá su vigencia, salvo el apartado 2 de la directriz primera del anexo, que se modifica, quedando redactado en la forma siguiente:
2. Las Universidades establecerán en sus planes de estudio las correspondencias extraordinarias del crédito necesarias para garantizar la formación prevista en la Directiva comunitaria 78/687/CEE, teniendo en cuenta lo establecido en el apartado 7.º del artículo 2.º del Real Decreto 1497/1987. A estos efectos especificarán las horas que los alumnos deben dedicar, de acuerdo con la oportuna programación deocente, al aprendizaje de la asistencia clínica en instituciones sanitarias, en el marco de lo dispuesto por el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, modificado por los Reales Decretos 644/1988, de 3 de junio, y 1652/1991, de 11 de octubre.