COMPLEMENTO RETRIBUTIVO DE SÁBADOS Y/O FESTIVOS DEL PAS LABORAL
Según establecen los artículos 1.4 y 1.5 del apartado IV Jornadas y Horarios de la Instrucción 1/2007 sobre permisos, licencias, vacaciones, jornadas y control horario del PAS tendrá derecho a cobrar este complemento el personal laboral que realice la jornada ordinaria con turnos rotatorios en sábados, así como el personal que tenga asignada una jornada rotatoria.
El procedimiento para solicitar el abono de este complemento retributivo es el siguiente:
1º) Rellenar el impreso de solicitud con los siguientes datos: apellidos y nombre del solicitante, unidad administrativa de destino, teléfono laboral, sábados y/o festivos trabajados, firma del solicitante y del responsable de la unidad.
2º) Presentar la solicitud en el Registro General de los Servicios Centrales (calle Murga, 21). Dado que el complemento de sábados y/o festivos se abona en las nóminas de febrero, mayo, agosto y noviembre, las solicitudes se deberán presentar cada tres meses, sirviendo el mismo impreso para todos los sábados y/o festivos trabajados en dicho periodo.