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ACUERDO DE LA COMISIÓN DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SOBRE ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS DE DOCTORADO DE PROGRAMAS REGULADOS POR EL R.D. 185/1985 A PROGRAMAS AFINES REGULADOS POR EL R.D. 778/1998
La Comisión de Doctorado de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en su sesión de fecha 11 de junio de 2001 tomó el siguiente acuerdo, relativo a los criterios de adaptación de estudios de doctorado de programas regulados por el derogado R.D. 185/1985 a programas afines regulados por el R.D. 778/1998:
Los Alumnos que poseen las condiciones para obtener la suficiencia investigadora por el RD 185/1985 (Haber obtenido 32 créditos, siendo al menos 1 del bloque metodológico, 12 del bloque fundamental y 4 de investigación, podrán elegir una de estas dos opciones:
Primera. Obtener la suficiencia investigadora antes de 31 de diciembre de 2002(Director y registro de tesis TC8 y TC10) y posteriormente presentar la tesis doctoral, sin límite de plazo.
Segunda. Adaptarse al RD 778/1998. Reconocimiento de los créditos cursados, por los del período docente, y se le convalidarán los créditos realizados en investigación, debiendo completar el resto hasta los 12 exigidos.
Los alumnos que no posean las condiciones para obtener la suficiencia investigadora por el RD 185/1985,deberán adaptarse al RD 778/1998, según sea el caso:
Primero. Si han superado 20 créditos o más, se les convalidará el período docente y se les dará el certificado de docencia .y se les convalidará los créditos de investigación realizados, debiendo completar el resto hasta los 12 exigidos.
Segundo. Si no han superado los 20 créditos, se les convalidará los créditos cursados por créditos del período docente, y deberán cursar el resto de créditos hasta llegar como mínimo a 20 para obtener el certificado de docencia.
Alumnos que han obtenido la suficiencia investigadora en otra universidad por el R/D 185/1985 y quieren trasladarse a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para la presentación de la tesis.
La suficiencia investigadora podrá ser reconocida en esta Universidad. Para ello el interesado deberá ser admitido en un programa de doctorado vigente y afín al cursado en la Universidad de procedencia y posteriormente tramitar en esta Universidad, el registro de tesis y la solicitud de director de tesis.
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de julio de 2001
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DOCTORADO,
Antonio J. Fernández Rodríguez