OTRAS REDUCCIONES O EXENCIONES DE PRECIOS PÚBLICOS
PLAZO:
todos los documentos que justifiquen una reducción o exención de los precios públicos según lo establecido en el Reglamento de Acceso y Matrícula o en el Decreto por el que la Comunidad Autónoma Canaria fija anualmente los precios públicos, deberán ser entregados en el plazo de matrícula, y reunirse el requisito en el acto de formalización de la misma, con la salvedad de los estudiantes que soliciten beca del Ministerio de Educación o de la Comunidad Autónoma Canaria.
NOTA IMPORTANTE: la bonificación por hacer efectivo el importe de la matrícula en un solo pago, a la que se refiere el decreto anual por el que se fijan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos de carácter universitario de la Comunidad Autónoma de Canarias, solo será de aplicación a los estudiantes que formalicen su matrícula dentro del periodo ordinario de la misma (del 13 de julio al 03 de octubre).
LUGAR:
la Administración del edificio donde curse los estudios.